de 12 meses contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de la publicación en la página
Web de Compensar y podrán ser prorrogados mediante acuerdo expedido por el Consejo Directivo, por doce (12) meses, con posibilidad de una nueva prórroga por otros doce (12) meses.
Para aquellos casos en que exista giro anticipado de subsidio, esta ampliación estará condicionada a la entrega por parte del oferente de la ampliación de las respectivas pólizas por el término de la ampliación y tres (3) meses más.
El Consejo Directivo de Compensar, a través del Acuerdo No. 64 del 25 de enero de 2017, amplió la vigencia de los Subsidios Familiares de Vivienda de Interés Social (VIS) asignados por Compensar a sus afiliados, de conformidad con la legislación vigente. Consulte aquí la vigencia de su subsidio
,
Vigencia de los subsidios de vivienda de interés social para afiliados a Compensar Caja de Compensación Familiar
Los subsidios de Vivienda de Interés Social (VIS) asignados por Compensar, tienen una vigencia inicial de 12 meses contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de la publicación en la página Web de Compensar y podrán ser prorrogados mediante acuerdo expedido por el Consejo Directivo, por doce (12) meses, con posibilidad de una nueva prórroga por otros doce (12) meses.
Para aquellos casos en que exista giro anticipado de subsidio, esta ampliación estará condicionada a la entrega por parte del oferente de la ampliación de las respectivas pólizas por el término de la ampliación y tres (3) meses más.
El Consejo Directivo de Compensar, a través del Acuerdo No. 64 del 25 de enero de 2017, amplió la vigencia de los Subsidios Familiares de Vivienda de Interés Social (VIS) asignados por Compensar a sus afiliados, de conformidad con la legislación vigente. Consulte aquí la vigencia de su subsidio
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Vigencia de los subsidios de vivienda de interés social para afiliados a Compensar Caja de Compensación Familiar
Los subsidios de Vivienda de Interés Social (VIS) asignados por Compensar, tienen una vigencia inicial de 12 meses contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de la publicación en la página Web de Compensar y podrán ser prorrogados mediante acuerdo expedido por el Consejo Directivo, por doce (12) meses, con posibilidad de una nueva prórroga por otros doce (12) meses.
Para aquellos casos en que exista giro anticipado de subsidio, esta ampliación estará condicionada a la entrega por parte del oferente de la ampliación de las respectivas pólizas por el término de la ampliación y tres (3) meses más.
El Consejo Directivo de Compensar, a través del Acuerdo No. 64 del 25 de enero de 2017, amplió la vigencia de los Subsidios Familiares de Vivienda de Interés Social (VIS) asignados por Compensar a sus afiliados, de conformidad con la legislación vigente. Consulte aquí la vigencia de su subsidio
,(12) meses, con posibilidad de una nueva prórroga por otros doce (12) meses.
Para aquellos casos en que exista giro anticipado de subsidio, esta ampliación estará condicionada a la entrega por parte del oferente de la ampliación de las respectivas pólizas por el término de la ampliación y tres (3) meses más.
El Consejo Directivo de Compensar, a través del Acuerdo No. 64 del 25 de enero de 2017, amplió la vigencia de los Subsidios Familiares de Vivienda de Interés Social (VIS) asignados por Compensar a sus afiliados, de conformidad con la legislación vigente. Consulte aquí la vigencia de su subsidio
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Los subsidios de Vivienda de Interés Social (VIS) asignados por Compensar, tienen una vigencia inicial de 12 meses contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de la publicación en la página Web de Compensar y podrán ser prorrogados mediante acuerdo expedido por el Consejo Directivo, por doce (12) meses, con posibilidad de una nueva prórroga por otros doce (12) meses.
Para aquellos casos en que exista giro anticipado de subsidio, esta ampliación estará condicionada a la entrega por parte del oferente de la ampliación de las respectivas pólizas por el término de la ampliación y tres (3) meses más.
El Consejo Directivo de Compensar, a través del Acuerdo No. 64 del 25 de enero de 2017, amplió la vigencia de los Subsidios Familiares de Vivienda de Interés Social (VIS) asignados por Compensar a sus afiliados, de conformidad con la legislación vigente. Consulte aquí la vigencia de su subsidio
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Los subsidios de Vivienda de Interés Social (VIS) asignados por Compensar, tienen una vigencia inicial de 12 meses contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de la publicación en la página Web de Compensar y podrán ser prorrogados mediante acuerdo expedido por el Consejo Directivo, por doce (12) meses, con posibilidad de una nueva prórroga por otros doce (12) meses.
Para aquellos casos en que exista giro anticipado de subsidio, esta ampliación estará condicionada a la entrega por parte del oferente de la ampliación de las respectivas pólizas por el término de la ampliación y tres (3) meses más.
El Consejo Directivo de Compensar, a través del Acuerdo No. 64 del 25 de enero de 2017, amplió la vigencia de los Subsidios Familiares de Vivienda de Interés Social (VIS) asignados por Compensar a sus afiliados, de conformidad con la legislación vigente. Consulte aquí la vigencia de su subsidio
,/strong>(formato Compensar) para estado civil unión marital de hecho.
Registro civil de defunción del (la) cónyuge o compañero (a) permanente para estado civil viudo.
En caso de separación (matrimonio civil o católico), registro civil de matrimonio con anotación de la liquidación y disolución de la sociedad conyugal o del divorcio.
Certificación laboral original de las personas aportantes, expedida por la empresa en la que laboran. Para independientes, carta firmada por el trabajador indicando el valor del ingreso mensual. Para pensionados, copia del desprendible de la mesada pensional.
Certificado de recursos propios del hogar en original, emitido por la entidad donde se encuentren depositados, los cuales pueden estar representados en cesantías, ahorro programado, fondo de empleados, cuota inicial, cuenta de ahorro personal, entre otros.
Carta de crédito aprobado si cuentas con él.
En caso que en el grupo familiar haya personas con discapacidad, certificado médico de discapacidad con sello y registro médico.
Para madres comunitarias, certificación del ICBF donde se demuestre vinculación a los hogares de Bienestar Familiar y madres sustitutas.
Certificación del subsidio Municipal o Departamental si cuentas con él.
Nota: No olvides revisar el paso a paso que se encuentra en la pestaña "Adquiere tu Subsidio".
,, de 12 meses contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de la publicación en la página
Web de Compensar y podrán ser prorrogados mediante acuerdo expedido por el Consejo Directivo, por doce (12) meses, con posibilidad de una nueva prórroga por otros doce (12) meses.
Para aquellos casos en que exista giro anticipado de subsidio, esta ampliación estará condicionada a la entrega por parte del oferente de la ampliación de las respectivas pólizas por el término de la ampliación y tres (3) meses más.
El Consejo Directivo de Compensar, a través del Acuerdo No. 64 del 25 de enero de 2017, amplió la vigencia de los Subsidios Familiares de Vivienda de Interés Social (VIS) asignados por Compensar a sus afiliados, de conformidad con la legislación vigente. Consulte aquí la vigencia de su subsidio
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Los subsidios de Vivienda de Interés Social (VIS) asignados por Compensar, tienen una vigencia inicial de 12 meses contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de la publicación en la página Web de Compensar y podrán ser prorrogados mediante acuerdo expedido por el Consejo Directivo, por doce (12) meses, con posibilidad de una nueva prórroga por otros doce (12) meses.
Para aquellos casos en que exista giro anticipado de subsidio, esta ampliación estará condicionada a la entrega por parte del oferente de la ampliación de las respectivas pólizas por el término de la ampliación y tres (3) meses más.
El Consejo Directivo de Compensar, a través del Acuerdo No. 64 del 25 de enero de 2017, amplió la vigencia de los Subsidios Familiares de Vivienda de Interés Social (VIS) asignados por Compensar a sus afiliados, de conformidad con la legislación vigente. Consulte aquí la vigencia de su subsidio
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Para aquellos casos en que exista giro anticipado de subsidio, esta ampliación estará condicionada a la entrega por parte del oferente de la ampliación de las respectivas pólizas por el término de la ampliación y tres (3) meses más.
El Consejo Directivo de Compensar, a través del Acuerdo No. 64 del 25 de enero de 2017, amplió la vigencia de los Subsidios Familiares de Vivienda de Interés Social (VIS) asignados por Compensar a sus afiliados, de conformidad con la legislación vigente. Consulte aquí la vigencia de su subsidio
,(12) meses, con posibilidad de una nueva prórroga por otros doce (12) meses.
Para aquellos casos en que exista giro anticipado de subsidio, esta ampliación estará condicionada a la entrega por parte del oferente de la ampliación de las respectivas pólizas por el término de la ampliación y tres (3) meses más.
El Consejo Directivo de Compensar, a través del Acuerdo No. 64 del 25 de enero de 2017, amplió la vigencia de los Subsidios Familiares de Vivienda de Interés Social (VIS) asignados por Compensar a sus afiliados, de conformidad con la legislación vigente. Consulte aquí la vigencia de su subsidio
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Los subsidios de Vivienda de Interés Social (VIS) asignados por Compensar, tienen una vigencia inicial de 12 meses contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de la publicación en la página Web de Compensar y podrán ser prorrogados mediante acuerdo expedido por el Consejo Directivo, por doce (12) meses, con posibilidad de una nueva prórroga por otros doce (12) meses.
Para aquellos casos en que exista giro anticipado de subsidio, esta ampliación estará condicionada a la entrega por parte del oferente de la ampliación de las respectivas pólizas por el término de la ampliación y tres (3) meses más.
El Consejo Directivo de Compensar, a través del Acuerdo No. 64 del 25 de enero de 2017, amplió la vigencia de los Subsidios Familiares de Vivienda de Interés Social (VIS) asignados por Compensar a sus afiliados, de conformidad con la legislación vigente. Consulte aquí la vigencia de su subsidio
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Los subsidios de Vivienda de Interés Social (VIS) asignados por Compensar, tienen una vigencia inicial de 12 meses contados desde el primer día del mes siguiente a la fecha de la publicación en la página Web de Compensar y podrán ser prorrogados mediante acuerdo expedido por el Consejo Directivo, por doce (12) meses, con posibilidad de una nueva prórroga por otros doce (12) meses.
Para aquellos casos en que exista giro anticipado de subsidio, esta ampliación estará condicionada a la entrega por parte del oferente de la ampliación de las respectivas pólizas por el término de la ampliación y tres (3) meses más.
El Consejo Directivo de Compensar, a través del Acuerdo No. 64 del 25 de enero de 2017, amplió la vigencia de los Subsidios Familiares de Vivienda de Interés Social (VIS) asignados por Compensar a sus afiliados, de conformidad con la legislación vigente. Consulte aquí la vigencia de su subsidio
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Registro civil de defunción del (la) cónyuge o compañero (a) permanente para estado civil viudo.
En caso de separación (matrimonio civil o católico), registro civil de matrimonio con anotación de la liquidación y disolución de la sociedad conyugal o del divorcio.
Certificación laboral original de las personas aportantes, expedida por la empresa en la que laboran. Para independientes, carta firmada por el trabajador indicando el valor del ingreso mensual. Para pensionados, copia del desprendible de la mesada pensional.
Certificado de recursos propios del hogar en original, emitido por la entidad donde se encuentren depositados, los cuales pueden estar representados en cesantías, ahorro programado, fondo de empleados, cuota inicial, cuenta de ahorro personal, entre otros.
Carta de crédito aprobado si cuentas con él.
En caso que en el grupo familiar haya personas con discapacidad, certificado médico de discapacidad con sello y registro médico.
Para madres comunitarias, certificación del ICBF donde se demuestre vinculación a los hogares de Bienestar Familiar y madres sustitutas.
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Nota: No olvides revisar el paso a paso que se encuentra en la pestaña "Adquiere tu Subsidio".
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