MUERTE ACCIDENTAL EN VIAJE:
La presente póliza no cubre el fallecimiento que no sea consecuencia directa y determinante de un
accidente. Tampoco cubre el fallecimiento que sea causado directa, indirecta, total o parcial de los
siguientes hechos:
- Eventos causados directamente por guerra interior o exterior, invasión, hostilidades u
operaciones bélicas con o sin declaración de guerra, guerra civil, revolución, sedición, asonada o
actos violentos motivados por conmoción civil o por aplicación de la ley marcial, rebelión,
insurrección, poder militar usurpado, motín.
- Prestación del servicio militar, en servicio activo y/o en ejercicio de sus funciones como
militar, naval, aéreo o de policía, miembro de organismo de seguridad, de inteligencia,
guardaespaldas o vigilante.
- Participación del asegurado en prácticas o en competencias de deportes de alto riesgo, tales
como: vuelos en cometa, ala delta, parapente, paracaidismo, motocross, kartismo, automovilismo,
motociclismo, motonáutica, alpinismo o escalamiento de montañas, espeleología, rafting, vuelo en
ultralivianos, planeadores, surfing, boxeo, salto con cuerdas desde puentes o construcciones y en
cualquier otro concurso, competencia, o sus preparativos, buceo, deportes de invierno y la práctica
o entrenamiento de deportes a nivel profesional y otros similares, sea como miembro activo o
ejecutante, y cualquier otro deporte que en la literatura universal se considere de alto riesgo o
extremo.
- Participación del asegurado en riñas o en cualquier acto delictivo.
- Por accidentes que sufra el asegurado cuando viaje como pasajero en vuelos no comerciales o de
carga.
- Fisión o fusión nuclear o radioactividad, sea en forma directa o indirecta.
- Accidentes y/o lesiones sufridas por culpa grave del asegurado como consecuencia de estar bajo la
influencia de bebidas embriagantes, o de sustancias alucinógenas o cualquier sustancia ilegal,
salvo que se demuestre prescripción médica.
- Intoxicación
- Estrangulamiento de hernias de cualquier clase.
- Infección bacteriana y tratamientos médicos o quirúrgicos que no sean motivados por accidente
amparado por esta cobertura; cualquier enfermedad corporal o mental, oclusiones intestinales,
ruptura de aneurismas, pandemias y epidemias.
- Lesiones corporales (internas o externas) que sufra el asegurado con anterioridad a la
contratación del seguro, o que tengan como causa, o sean una consecuencia de un accidente ocurrido
antes de la vigencia de la cobertura otorgada por la presente póliza.
- Enfermedades producidas por la picadura de insectos (vectores) que causen enfermedades tales
como, pero sin limitarse a paludismo, la leishmaniasis, enfermedad de chagas, la tripanosomiasis
africana, dengue, fiebre amarilla, chikunguña, filariasis linfática, entre otras.
|