En general, puedes volver a pignorar el subsidio cuando finalices el crédito anterior y cumplas nuevamente con los requisitos del producto.
El crédito permite adelantar entre 3 y 9 cuotas del subsidio monetario, dependiendo de la antigüedad laboral y el número de beneficiarios.
Por ejemplo:
Con 12 a 24 meses de antigüedad laboral puedes pignorar hasta 6 meses del subsidio.
Con más de 24 meses de antigüedad laboral puedes pignorar hasta 9 meses del subsidio.
Una vez que el crédito se paga completamente, el afiliado puede solicitar una nueva pignoración, siempre que cumpla nuevamente las condiciones del producto. Conócelas todas en la pestaña con el mismo nombre en esta página.