Los Copagos son aportes en dinero que deben realizar exclusivamente los afiliados beneficiarios, de acuerdo con el estrato en que se encuentre el afiliado cotizante.
Es importante tener en cuenta que los beneficiarios afiliados al Plan Complementario Especial NO realizaran copagos por concepto de: hospitalización, atención del parto ni Cirugía, siempre y cuando dichas atenciones no sean preexistentes o se deriven de estas.
Los demás servicios para los que la Ley contempla la aplicación de dichos pagos (Art. 9 y 10 Acuerdo 260 de 2004), se realizarán teniendo en cuenta los siguientes porcentajes:
Estrato 1 | Pagará 11.5% del valor total del servicio sobre la tarifa oficial.
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Estrato 2 | Pagará 17.3% del valor total del servicio sobre la tarifa oficial. |
Estrato 3 | Pagará 23% del valor total del servicio sobre la tarifa oficial.
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