Las Cuotas Moderadoras para afiliados al Plan Complementario son preferenciales.
El valor de estas cuotas varía de acuerdo con el servicio solicitado y el estrato de afiliación de cada usuario. Se aplican tanto a cotizantes como beneficiarios, al recibir los servicios de:
Consulta externaFórmula de medicamentos para tratamientos ambulatorios.Laboratorio clínico (Cotizante no paga)Imagenología simple (Cotizante no paga)Atención en el servicio de urgencias cuando esta no sea considerada una urgencia vital.
Cuotas moderadoras Plan Complementario 2019
* No aplica para los usuarios que cuentan con anexo de cuotas moderadoras.
Nota: La no cancelación de los pagos moderadores no puede ser barrera de acceso al servicio de salud (Resolución 4343 de 2012, artículo 4, numeral 4.1)
* El Ministerio de Salud y Protección Social, en concordancia con las leyes especiales en materia de Salud, ha definido unos grupos específicos de población que se exceptúan del pago de cuotas moderadoras y copagos y las condiciones para aplicación de dichas excepciones, información que puede consultar en el documento anexo Circular 0016 del 22 de marzo de 2014 expedida por el Ministerio, válido a nivel nacional.
Circular 0016 de 2014-MSPS-Exención Cuotas Moderadoras y Copagos