Mejoramiento estructural
Se aplica cuando la vivienda presenta afectaciones en sus cimientos, muros, columnas, vigas, estructura de cubierta, ausencia o mal estado de redes de servicios públicos (agua y luz).
Previo a la intervención que se determine para la vivienda, siempre se deberá efectuar el tramite de permisos o licencias previos ante las autoridades competentes.
Ten presente que...
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La vivienda debe pertenecer a un desarrollo legal o legalizado o a una edificación.
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El título de propiedad debe estar inscrito en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos a nombre de cualquiera de los miembros del hogar postulante.
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Los postulantes deben habitar en la vivienda.
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La vivienda debe constar de un solo piso y ser unifamiliar.
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No aplica para acabados (pisos, pintura, enchape, etc.)
La vivienda debe presentar al menos una de las siguientes situaciones:
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Deficiencias en la estructura principal, cimientos, muros o cubierta.
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Carencia o extremo desgaste de las redes secundarias y acometidas domiciliarias de acueducto y alcantarillado.
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La vivienda debe constar de un sólo piso y ser unifamiliar.
Nota: Aplica para predios urbanos y rurales
Mejoramiento Habitacional
Será el que atienda carencias tales como habilitación o instalación de batería de baños, lavaderos, cocinas, cambio de cubierta, pisos en tierra o en materiales inadecuados y otras condiciones relacionadas con el saneamiento sin requerir la obtención de permisos o licencias por parte de las autoridades competentes.
Ten presente que...
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Aplica para vivienda ubicadas en zona urbana o rural.
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No requiere de licencia de construcción.
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Los postulantes deben habitar en la vivienda.
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La vivienda puede constar de uno o más pisos, siempre y cuando no se encuentre en arrendamiento.
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Aplica para acabados (pisos, pintura, enchape, puertas, cubiertas en mal estado etc.)
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Nota: Se realizará una visita técnica, en la cual se determinará si la vivienda aplica o no al mejoramiento habitacional.