Postúlate
Ten presente que para iniciar tu solicitud debes hacer la postulación por medio del formulario y adjuntar todos los documentos requeridos. Al día hábil siguiente, inician los 15 días hábiles durante los cuales Compensar estará notificando el estado de tu solicitud a través del correo electrónico registrado.
Si cumples con los requisitos y tienes los documentos completos, ingresa aquí en el botón "Postúlate" para diligenciar el formulario único de postulación.
Fechas de pago Subsidio de emergencia 2022
Conoce las fechas de aprobación y pago correspondientes a las postulaciones de Subsidio de emergencia 2022.
Fechas de aprobación y pago - Subsidio de emergencia 2021 y 2022
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Mes de postulación |
Respuesta de postulación |
Activación Servicios Eps**
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Pago de transferencia económica y cuota monetaria (si aplica)
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Salud y Pensión
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Pago 1
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Pago 2*
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Pago 3*
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Pago 1
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Pago 2*
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Pago 3*
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Enero 2022
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9-feb-22
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10-feb-22
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10-feb-22
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31-mar-22
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29-abr-22
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4-mar-22
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6-abr-22
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5-may-22
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Febrero 2022
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9-mar-22
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10-mar-22
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10-mar-22
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29-abr-22
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31-may-22
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6-abr-22
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5-may-22
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6-jun-22
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Marzo 2022
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11-abr-22
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12-abr-22
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12-abr-22
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31-may-22
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30-jun-22
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5-may-22
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6-jun-22
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7-jul-22
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Abril 2022
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10-may-22
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11-may-22
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11-may-22
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30-jun-22
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29-jul-22
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6-jun-22
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7-jul-22
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4-ago-22
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Mayo 2022
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9-jun-22
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10-jun-22
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10-jun-22
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29-jul-22
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31-ago-22
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7-jul-22
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4-ago-22
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6-sept-22
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Junio 2022
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12-jul-22 |
13-jul-22
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13-jul-11
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31-ago-22
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30-sept-22
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4-ago-22
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6-sept-22
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6-oct-22
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* La continuidad del pago 2 y 3, de la transferencia ecónomica y salud y pensión, dependerá del cumplimiento de condición de cesante; y haber culminado la totalidad de la ruta de empleabilidad de la Agencia de empleo y emprendimiento de Compensar.
** Compensar reporta los cesantes aprobados a las EPS; sin embargo, es deber del cesante tramitar su afiliación con la entidad.
Importante:
este beneficio estuvo disponible mientras el estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica, declarado hasta el 30 de junio de 2022.
Conoce más
Reactivación: en caso de pérdida del reconocimiento
del beneficio, contarás con diez (10) días hábiles después de recibida la notificación para interponer recurso de reposición, a través del formulario Radicar novedades de Subsidios, opción Seguro de desempleo y Subsidio de emergencia.
Suspensión y cancelación: es deber del cesante informar de manera inmediata a Compensar en caso de conseguir empleo y/o contar con una fuente de ingresos de conformidad con lo establecido en la Ley 1636 de 2013 y el Decreto 488 y 770 de 2020, diligenciando el formulario de
Radicar novedades de Subsidios, opción Seguro de desempleo y Subsidio de emergencia. Con el fin de evitar multiafiliación al Sistema de Seguridad Social, recobros y afectación de beneficios.
En caso de suspensión del pago de los beneficios (aporte a salud y pensión, cuota monetaria), para su reactivación es indispensable haber terminado ruta de empleabilidad con la agencia de empleo y fomento empresarial.