¿Qué es?
Decreto 801 de 2020 – Auxilio económico del Fondo de Mitigación de Emergencia
Es un
auxilio económico, para los trabajadores cesantes que hayan perdido su empleado a partir del 12 de marzo de 2020, que se otorgará con recursos del
Fondo de Mitigación de Emergencia (FOME). Está reglamentado por el Gobierno Nacional en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica a través del Decreto legislativo 801 de 2020 y Resolución 1605 de 2020.
El auxilio económico estará sujeto a la asignación y transferencia de los recursos por parte de Gobierno Nacional, cuando se dispongan de los recursos estaremos notificando al correo electrónico registrado.
Comunicado oficial
¿A cuánto equivale?
Hasta donde permita la disponibilidad de recursos, los trabajadores cesantes que cumplan con los requisitos, recibirán un auxilio económico por un valor de ciento sesenta mil pesos, ($160.000) mensuales, hasta por tres (3) meses.
Requisitos iniciales
Trabajadores dependientes e independientes de categoría A y B, que hayan perdido su empleo a partir del 12 de marzo de 2020 y que cumplan los siguientes requisitos:
- Que hayan aportado a las cajas de compensación por lo menos seis (6) meses, continuos o discontinuos en los últimos cinco (5) años.
- Que no hayan sido beneficiarios del Mecanismo de Protección al Cesante en los últimos tres (3) años.
- Que su última vinculación haya sido a la caja de compensación familiar Compensar.
Documentos
- Carta de terminación de contrato laboral expedida a partir del 12 de marzo así:
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Dependientes: carta o certificación de terminación de contrato laboral firmada por el empleador con fecha de terminación laboral, nombre e identificación del trabajador y datos de la empresa.
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Independientes: carta de finalización de ingresos, firmada por el solicitante donde indique fecha de cesación de ingresos.
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Contratistas: constancia de la terminación de contrato que emita el contratante o el acta de terminación del contrato indicando la fecha de terminación.
- Copia de documento de identificación.
- Certificación de cuenta bancaria, (solo si seleccionaste consignación como la opción de entrega del beneficio). Este documento debe especificar número, tipo de cuenta y nombre del titular, (el titular de la cuenta debe ser el beneficiario de la postulación).
Nota: Una vez recibida tu solicitud, no se aceptará cambio en el modo de pago. Te invitamos a verificar la opción que más te facilite el aprovechamiento del auxilio antes de radicar tu solicitud.
Postúlate
En Compensar hemos realizado los ajustes para que tu postulación sea totalmente virtual.
Si cumples con los anteriores requisitos, ingresa y diligencia el formulario con los documentos requeridos.
Postúlate
Cesantes en lista de espera
A continuación, podrás consultar los cesantes que se encontraban en lista de espera y que cumplen con los requisitos para la asignación del Auxilio económico FOME.
Cesantes en lista de espera asignados con Auxilio económico*
Beneficiados FOME - noviembre 10
*Para verificar si tu número de cédula aparece en la lista, debes oprimir las teclas Ctrl + f (simultáneamente) y digitar el número de identificación.