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Recuerda presentar la documentación completa desde la primera solicitud

La radicación oportuna y en el orden correspondiente es responsabilidad exclusiva del aportante. Las solicitudes radicadas de forma masiva, fuera del orden establecido o con una antigüedad superior a 180 días no serán responsabilidad de la EPS.

Una incapacidad es la condición física o mental por enfermedad o lesión que impide a una persona realizar su trabajo habitual. El certificado debe ser expedido por el médico u odontólogo tratante inscrito en el Registro ReTHUS.

Certificado de incapacidad Completo, legible, sin tachones ni enmendaduras. Máximo 30 días por certificado.

Historia clínica Solo si la incapacidad fue emitida fuera de la red Compensar.

Incapacidades del extranjero Adjuntar historia clínica o epicrisis. Todos los documentos deben estar traducidos al español por traductor oficial y legalizados o apostillados en embajada o consulado colombiano.

Importante

En caso de pérdida del certificado, solicita copia directamente a la IPS que lo emitió.


36

meses

Red Compensar

15

días hábiles

Red externa

6

meses

Emitida en el extranjero

Para que la incapacidad de tu colaborador sea reconocida económicamente, debe cumplir con las siguientes condiciones:

Semanas cotizadas:

El colaborador debe tener mínimo 4 semanas de cotización al sistema de salud inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la incapacidad. Estas semanas cuentan al sistema, no necesariamente a Compensar.

Cotización durante la incapacidad:

El colaborador debe estar al día con sus aportes durante todo el periodo que dura la incapacidad.

Origen de la incapacidad:

La incapacidad debe ser por enfermedad general. No aplica si el origen es un accidente de trabajo o una enfermedad laboral; en ese caso, el reconocimiento corresponde a la ARL.

Evento cubierto por el PBS:

La incapacidad debe derivarse de un evento cubierto por el Plan de Beneficios en Salud. Si el evento es No PBS, no hay lugar a reconocimiento económico.

Días de la incapacidad:

El reconocimiento aplica a partir del día 3 y hasta el día 180. También aplica para incapacidades superiores a 540 días. Sin embargo, debes radicar todas las incapacidades de tus colaboradores sin excepción, incluso las de los primeros días.

Conoce el porcentaje y el responsable del pago según los días de incapacidad de tu colaborador.

Días de incapacidad % Reconocimiento Responsable del pago
Días 1 – 2 66,67% Empleador o Independiente
Días 3 – 90 66,67% EPS
Días 91 – 180 50% EPS
Días 181 – 540 50% AFP
Más de 540 días 50% EPS

Usuarios con IBC igual a 1 salario mínimo: se reconoce el 100% del ingreso.

Trabajadores independientes: se reconoce el 8,5% adicional como devolución del aporte en salud.

La liquidación se calcula con el IBC del mes de inicio; si la variación supera el 40%, se toma el promedio del último año.

Importante

Sobre transcripción de incapacidades: Conforme al Decreto 1427 de 2022, Compensar EPS no realiza transcripciones. En su lugar, verifica requisitos normativos y emite una certificación por cada incapacidad para que el afiliado gestione el trámite ante la ARL o fondo de pensiones.

Compensar EPS reconoce distintas modalidades de licencia. Selecciona la que aplica a tu caso para ver los requisitos y documentos necesarios.

Licencia de Maternidad

Tiempo para el cuidado del recién nacido y la recuperación de la madre cotizante, previo o posterior al parto.

Días reconocidos

Tipo de Licencia Días a reconocer
Parto único a término 126
Parto múltiple a término 140
Parto prematuro único 126 + días faltantes para culminar parto a término
Parto prematuro múltiple 140 + días faltantes para culminar parto a término
Parto con posterior fallecimiento del bebé 126
Parto no viable / aborto 14 a 28 días
Por adopción 126
Muerte materna con nacido vivo Tiempo restante desde la fecha de fallecimiento
Hijo con discapacidad “licencia correspondiente” +14
Paternidad 14

Certificado de licencia de maternidad con semanas de gestación al momento del parto

Copia del registro civil de nacimiento

Copia del certificado de nacido vivo (opcional)


Licencia de maternidad

36

meses

Desde el nacimiento (territorio nacional)

Licencia de paternidad y compartida

30 días

hábiless

Licencia de maternidad

6

meses

(extranjero)

Requisito de cotización

Se requiere haber cotizado durante los meses del periodo de gestación. Si el periodo cotizado es inferior, el reconocimiento será proporcional a los días cotizados frente a los días de gestación.

¿Tuviste un parto en casa?

La madre y el recién nacido deben asistir a una institución de salud dentro de las 24 horas después del parto para una valoración médica y obtener el certificado de licencia de maternidad. Sin ese certificado no se puede tramitar la licencia.

Licencias del extranjero

Historia clínica o epicrisis traducida al español por traductor oficial, legalizada o apostillada en embajada o consulado colombiano.

Parejas del mismo sexo

Mediante solicitud escrita definirán ante el empleador y la EPS quién gozará de cada prestación.

Licencia de Maternidad por extensión

Se otorga al padre o a quien quede a cargo del recién nacido sin el apoyo de la madre, por enfermedad, abandono, muerte, o cuando se adquiere la custodia justo después del nacimiento.

Documentos requeridos

Copia del registro civil de nacimiento

Copia del certificado de nacido vivo (opcional)

Certificado de licencia de maternidad

Según el caso, uno de los siguientes:

  • Acto administrativo o providencia judicial de custodia

  • Certificado de defunción de la madre

  • Certificación médica que constate la incapacidad de la madre para cuidar al menor

Licencia de Paternidad

Tiempo para que el padre cotizante acompañe y brinde cuidado al recién nacido, dentro de los 30 días siguientes al nacimiento o entrega en adopción.

Días reconocidos

Días:

14

Vigencia de radicación

Días hábiles:

30 días

desde el nacimiento

Documentos requeridos

Copia del registro civil de nacimiento

Copia del certificado de nacido vivo (opcional)

Copia de la licencia de maternidad; si la madre no es cotizante, historia clínica obligatoria

Requisito de cotización

Se requiere haber cotizado durante los meses del periodo de gestación. Si el periodo cotizado es inferior, el reconocimiento será proporcional a los días cotizados frente a los días de gestación.

Licencias del extranjero

Historia clínica o epicrisis traducida al español por traductor oficial, legalizada o apostillada en embajada o consulado colombiano.

Parejas del mismo sexo

Mediante solicitud escrita definirán ante el empleador y la EPS quién gozará de cada prestación.

Licencia Parental Compartida

Los padres pueden distribuir de mutuo acuerdo hasta las últimas 6 semanas de la licencia de maternidad entre ellos.

Días reconocidos

Días:

Hasta 6

semanas de la licencia de maternidad

Vigencia de radicación

Días hábiles:

30 días

El reconocimiento se liquida según el IBC del afiliado que disfruta la licencia.

Documentos requeridos

Registro civil de nacimiento

Certificado de nacido vivo (opcional)

Carta de mutuo acuerdo entre los padres con copia a empleadores, debe estar autenticada

Certificado de licencia de maternidad

Si la madre está en otra EPS: carta con radicación de la solicitud de licencia compartida ante esa EPS

Requisito de cotización

Se requiere haber cotizado durante los meses del periodo de gestación. Si el periodo cotizado es inferior, el reconocimiento será proporcional a los días cotizados frente a los días de gestación.

Licencias del extranjero

Historia clínica o epicrisis traducida al español por traductor oficial, legalizada o apostillada en embajada o consulado colombiano.

Licencia para el Cuidado de la Niñez

Licencia remunerada para padres o quien tenga la custodia de menores con enfermedad terminal, condición grave o que requieran cuidados paliativos.

Días reconocidos

Días:

10

días hábiles por año

Puede disfrutarse de manera continua o discontinua.

Documentos requeridos

Documento de acuerdo trabajador–empleador con fechas de inicio y fin, debe estar autenticado

Certificado médico actualizado con fechas en cada solicitud (si es discontinua, por cada periodo)

Copia del registro civil de nacimiento

Acto administrativo o providencia judicial de custodia (solo cuando aplique)

Licencias del extranjero

Historia clínica o epicrisis traducida al español por traductor oficial, legalizada o apostillada en embajada o consulado colombiano.

 

Empresa / Empleador

Como empleador, eres el responsable de radicar las incapacidades y licencias de tus colaboradores ante Compensar EPS, de forma oportuna y en orden cronológico.

Conocer el paso a paso

 

Independiente / Aportante directo

Radicas directamente ante Compensar EPS. Te recomendamos usar el portal transaccional para mayor agilidad y trazabilidad.

Conocer el paso a paso

Gestiona tu solicitud por los siguientes canales

Transacciones en línea

Puedes radicar los documentos a través de Transacciones en línea, donde podrás:

  • Cargar los documentos requeridos, enviar tu solicitud

  • Consultar el estado o hacer seguimiento a tu radicado.

 

Turno Virtual

Recibe acompañamiento para realizar la radicación del trámite.

Conocer paso a paso

 

Canales presenciales

Si la radicación se realiza por un punto presencial se debe diligenciar el siguiente formulario.

Tiempos de respuesta

Revisión y liquidación

15

días hábiles siguientes a la solicitud.

Pago: máximo

5

días hábiles desde la fecha de autorización.

Consulta de estado disponible

5

días hábiles después de radicada la solicitud.

 

Importante

Radicaciones masivas, fuera de orden cronológico o con antigüedad superior a 180 días no son responsabilidad de la EPS. Mantén los datos de contacto del colaborador actualizados para garantizar la notificación de pagos.

Si se requiere la validación de veracidad de una incapacidad, el aportante debe radicar la incapacidad y posterior radicar la solicitud por el turno virtual.

Modalidades de pago empresa empleador

El pago se realiza mediante transferencia electrónica. Debes tener una cuenta bancaria activa registrada (solo se aceptan cuentas de ahorro o corriente con código ACH).

Transferencia bancaria

Principal medio de pago. Registra o actualiza tu cuenta en Transacciones Salud con certificado bancario no mayor a 30 días.

Radicar certificación

Conocer el paso a paso

Estados de las radicaciones

Disponible 20 días hábiles después de la radicación. Ten a mano: identificación del colaborador, fecha de inicio o radicación y tipo de prestación.

Conocer los estados

No se aceptan

Cuentas de corporaciones, cooperativas financieras o compañías de financiamiento (no tienen código ACH). El certificado bancario siempre debe especificar el tipo de cuenta: solo ahorro o corriente.

Documentos requeridos para solicitud de pago directo al trabajador

En caso de requerirse el pago directo al trabajador, este procederá únicamente por concepto de liquidación o embargo. El aportante deberá presentar la siguiente documentación al momento de radicar la incapacidad o la licencia:

  • Certificado de Cámara de Comercio actualizado (con la novedad correspondiente)

  • RUT

  • Carta membretada con la solicitud

  • Copia del documento de identidad del representante legal.

¿Necesitas más información del proceso?

Call center Bogotá:
601 444 1234 (opciones 4 – 5 – 3)

Plan Complementario:
601307 8088 (opciones 5 – 8 – 4)

Línea nacional:
01 8000 915 202.

Modalidades de pago idependiente aportante

A continuación, presentamos las diferentes modalidades de pago disponibles para nuestros usuarios. Recuerde que el proceso de inscripción solo debe realizarse al registrarse por primera vez o al actualizar tu modalidad de pago.

Transferencia bancaria

Registra o actualiza tu cuenta en Transacciones Salud con certificado bancario no mayor a 30 días calendario. (solo se aceptan cuentas de ahorro o corriente con código ACH).

 

Nequi / Daviplata / Bancolombia a la mano

Principal medio de pago. Registra o actualiza tu cuenta en Transacciones Salud con certificado bancario no mayor a 30 días calendario.

Radicar certificación

Conocer el paso a paso

 

Ventanilla Banco de Bogotá

El afiliado se acerca con documento original al banco una vez sea notificado. Tiene 5 días hábiles para reclamar.

 

Cheque

Para documentos temporales (PEP, pasaporte, permiso temporal). Se reclama en Compensar Empresarial Av. 68.

Estados de las radicaciones

Disponible 20 días hábiles después de la radicación. Ten a mano: identificación del colaborador, fecha de inicio o radicación y tipo de prestación.

Conocer los estados

No se aceptan

Cuentas de corporaciones, cooperativas financieras o compañías de financiamiento (no tienen código ACH). El certificado bancario siempre debe especificar el tipo de cuenta: solo ahorro o corriente.

Documentos requeridos para solicitud de pago a terceros

Si un trabajador independiente sin cuenta bancaria registrada solicita el pago a un tercero, deberá presentar la siguiente documentación al momento de radicar la incapacidad o licencia:

  • Solicitud escrita de pago a tercero, firmada y notariada por el afiliado. Debe incluir el nombre completo, número de documento del tercero autorizado y el motivo de la autorización. (por ejemplo: cuidador de la persona, padres en caso de no contar con esposo(a) ni hijos).

  • Documento de identidad del afiliado y del tercero autorizado.

  • Certificado médico que especifique la condición de salud o enfermedad que impide acudir al banco (si aplica).

¿Necesitas más información del proceso?

Call center Bogotá:
601 444 1234 (opciones 4 – 5 – 3)

Plan Complementario:
601307 8088 (opciones 5 – 8 – 4)

Línea nacional:
01 8000 915 202.

1

Revisa el estado

Verifica que la prestación esté en estado "Pendiente gestión aportante" en Transacciones Salud o línea de atención.

2

Reúne los documentos faltantes

Consulta la causal indicada y prepara los soportes requeridos en PDF o JPG.

3

Solicita la revalidación por turno virtual

Agenda en el turno virtual con todos los soportes listos para adjuntar en la atención.

Ir a turno virtual

Requisito de cotización

Se requiere haber cotizado durante los meses del periodo de gestación. Si el periodo cotizado es inferior, el reconocimiento será proporcional a los días cotizados frente a los días de gestación.

Si hay diferencias en el pago recibido, el empleador puede solicitar validación enviando:

Periodo de incapacidades y licencias a validar

Archivo Excel con: identificación del colaborador, fecha de inicio y tipo de prestación

Soportes adicionales en formato PDF o JPG

Si usas apoderado o empresa de recobro: adjuntar poder autenticado con el alcance conferido

¿Necesitas ayuda con una revalidación?

Agenda tu turno virtual con todos los soportes listos para agilizar la atención.

Nota Débito

Se genera cuando la EPS pagó un valor mayor al empleador o hay cruce de días con una licencia. El aportante debe reintegrar el valor. La EPS notifica por correo con los datos de consignación.

Nota Crédito

Se genera cuando la modificación de datos de una incapacidad incrementa el valor a favor del empleador. Compensar realiza el pago del valor adicional.

¿Necesitas ayuda con una revalidación?

Agenda tu turno virtual con todos los soportes listos para agilizar la atención.